La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección presentado por Mauro Andrés Vega Julio en contra del directorio del Cuerpo de Bomberos de Vicuña, que le aplicó la medida disciplinaria de expulsión de la institución por dos años, condicionando su reintegro después de dicho lapso, a la consulta de la asamblea.
En fallo unánime (causa rol 211-2016), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Fernando Ramírez, Christian Le-Cerf y el abogado (i) Mario Carvallo– acogió la acción cautelar por considerar la medida disciplinaria aplicada por el directorio escapa a sus atribuciones reglamentarias, por cuanto a la luz del reglamento dicha facultad radicada en el consejo superior de disciplina.
El fallo agrega que el directorio del cuerpo de bomberos «ha excedido sus competencias y se ha erigido en una comisión especial, atribuyéndose facultades que no detenta, lesionando de este modo la garantía que se contempla en el artículo 19 Nº 3 inciso 5º de la Constitución Política del Estado, en orden a que nadie podrá ser juzgado por comisiones especiales, sino por el tribunal que señalare la ley y que se hallare establecido por ésta con anterioridad a la perpetración del hecho».
Por tanto, concluye, «(…) se acoge, con costas el recurso de protección (…) y, en consecuencia, deja sin efecto la medida disciplinaria contenida en la notificación de castigo de fojas 20, debiendo restablecerse al recurrente en todos sus derechos como miembro de dicha institución».
La medida había sido tomada por la institución en contra del voluntario de la Primera Compañía de Vicuña, por las publicaciones que realizó en contra de la administración del Cuerpo de Bomberos de Vicuña en redes sociales.
Fuente: www.elobservatodo.cl