Superintendente de 7° Compañía, cuestionada por supuesto cobro por incendio, dice que se trató de una “prestación de servicio” legal.
Tras la tormenta, aún no hay calma en Coronel. La 7° Compañía de Bomberos de esa comuna, en la Región del Biobío, aseguran que el pago que recibieron por parte de la empresa Forestal y Papelera de Concepción S.A. fue por la “prestación de un servicio” y no por un incendio en dichas instalaciones.
Según antecedentes que el Cuerpo de Bomberos del Biobío hizo llegar a la intendencia regional, tras la activación de un sumario institucional (ver recuadro), la mencionada compañía habría recibido $ 56 millones tras apagar el incendio ocurrido el 15 de enero.
Aquel siniestro duró tres días, al interior del Parque Industrial de Coronel. Tras eso, indica la denuncia, el superintendente de bomberos de la comuna, Fabián Villablanca, junto a otros 29 voluntarios, habrían recibido, en total, cerca de $ 12 millones. Por lo mismo, hoy deberá comparecer ante el Tribunal de Honor de la Junta Nacional de Bomberos.
En la compañía, sin embargo, se defienden. Según explica su director, Patricio Perales, el 15 de enero, a las 12.25 horas, acudieron, al igual que otras compañías, para extinguir el incendio.
“Controlada la situación, la Papelera quiso poner lo más rápido posible el funcionamiento de la empresa. Y, para agilizar ese trámite, el superintendente de Bomberos (Villablanca) conversó con la empresa, llegaron a un acuerdo económico y se realizó el trabajo, que consistió en sacar el hollín del material, ya que bajaba la calidad de la producción”.
Villablanca contó que del total del dinero, $ 40 millones fueron como donación y $ 16 millones por el servicio prestado durante 10 días: “El costo de servicio fueron esos $ 16 millones. Ellos sólo nos preguntaron la cuenta y depositaron, sin que nosotros se lo pidiéramos. Primero depositaron $ 30 millones y luego $ 26 millones”.
Apuntó que en cuanto a la repartición del dinero entre los 30 voluntarios que acudieron a la prestación del servicio, “van de acuerdo a las horas trabajadas”.
Sus argumentos contrastan con el informe de la comisión que investigó el caso, el cual concluye que el superintendente Villablanca y parte de su directorio “infringieron gravemente lo dispuesto en el Artículo N°2 de la Ley N°20.564 marco de Bomberos, dado que cobraron a la empresa Forestal y Papelera Concepción por la atención de un servicio de emergencia por incendio (…). El artículo establece claramente que estas emergencias se deben atender de manera gratuita y voluntaria”.
El presidente nacional de Bomberos, Miguel Reyes, aclaró que lo que establece la ley marco es que lo exento de cobro son los servicios de emergencia: “Hay otros servicios que prestan los bomberos, como la inspección de grifos, el poder abastecer de agua a un sector o supervisar la red seca de un edificio, dado su conocimiento en esos temas, en los cuales pueden cobrar, mientras no sea una emergencia”.
fuente: www.latercera.com