CABA.- El Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina (CFBVRA) y 25 de sus federaciones, con apoyo de múltiples bloques del arco político y con base en el trabajo de numerosos especialistas en Seguridad e Higiene, presentarán esta semana en el Congreso el primer proyecto nacional de Autoseguro para Bomberos Voluntarios.
La propuesta tiene como fin la creación de un sistema de prevención y asistencia integral a los bomberos voluntarios de todo el país que sufran accidentes y/ó enfermedades derivadas de su actividad.
El proyecto de ley contempla la cobertura total de los gastos de tratamiento médico de los bomberos heridos o enfermos, incluyendo asistencia médica, asistencia farmacéutica, prótesis, ortopedia, rehabilitación y traslados.
Además, asegura el otorgamiento de subsidios por invalidez temporaria o permanente, gran invalidez, enfermedades causadas por la tarea y fallecimiento. Durante el período que el bombero ó bombera accidentado no pueda realizar sus actividades diarias, se otorgará una pensión mensual que le permitirá solventar sus gastos y los de su familia. Una vez cesada la invalidez temporal, el damnificado recibirá un subsidio de pago único, cualquiera sea el grado de discapacidad.
“En el 2014, la modificación de la Ley del Bombero Voluntario fue para nosotros un logro sin precedentes en lo respectivo al reconocimiento por parte del Estado de las necesidades de nuestros bomberos voluntarios. En esa ocasión, sin embargo, quedó fuera la reforma del sistema de indemnizaciones por accidentes o enfermedades derivadas. Estamos entusiasmados porque creemos que el Autoseguro para Bomberos Voluntarios será la oportunidad de saldar esta deuda y ofrecer a los bomberos de todo el país una cobertura de riesgos acorde a lo que ellos brindan a sus comunidades todos los días”, aseguró Carlos A. Ferlise, presidente del Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina (CFBVRA).
El sistema de Autoseguro de Bomberos Voluntarios ha sido desarrollado por líderes y profesionales del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV) a partir de un análisis técnico, jurídico y político de la cobertura por riesgos de la actividad. Siendo una tarea voluntaria y por ley nacional “ajena a las normas del derecho laboral” (Ley N° 25.054, Art. 3°), la actividad de las asociaciones de bomberos requiere una alternativa jurídicamente sostenible y a la medida de sus particularidades para la cobertura de riesgos de quienes la realizan.
fuente: bomberosra.org.ar