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Les cortaron la energía eléctrica a los Bomberos de Salto de las Rosas

Les cortaron la energía eléctrica a los Bomberos de Salto de las Rosas

Mendoza.- A los Bomberos Voluntarios de Salto de las Rosas les cortaron la energía eléctrica que les suministra la empresa EDEMSA. El corte de energía al Cuartel de los Bomberos Voluntarios es por falta de pago de la última boleta.

En una nota difundida por las redes sociales los Bomberos de Salto de las Rosas dan cuenta de la situación, a continuación publicamos el Comunicado oficial de los Bomberos Voluntarios.


BOMBEROS VOLUNTARIOS SALTO DE LAS ROSAS SIN LUZ – CRÓNICA DE UN CORTE ANUNCIADO

Tenía que ocurrir, y ocurrió nomás. En el día de la fecha, 10 de julio de 2019, la compañía EDEMSA dejó sin luz a nuestro Cuartel por falta de pago de la última boleta.

Lo habíamos advertido en nuestra Carta Abierta del 2 de junio pasado, Día del Bombero Voluntario: «Estando ya a mitad de año, aún no hemos percibido de nuestra Municipalidad el financiamiento necesario para hacer funcionar el Cuartel. Y las empresas de servicios no perdonan».´

Nos asombra que las leyes vigentes, que imponen obligaciones tanto a los funcionarios de gobierno como a los simples ciudadanos, sean de aplicación solamente para estos últimos.

Nosotros cumplimos fielmente todas las normativas de la Ley 7679 de Bomberos Voluntarios de Mendoza: tenemos al día la personería jurídica, las exigencias de la AFIP, la presentación de los balances contables, los seguros de las unidades móviles y «todas las prescripciones legales pertinentes», tal como lo estipulan los capítulos II y V (artículos 3° al 11° y 16° a 19°) de la mencionada ley.

Pero las autoridades provinciales no cumplen con sus obligaciones de financiar el mantenimiento de los cuarteles, destinando una partida de dinero equivalente a la mitad de lo que se asigna a Bomberos de Policía, a los Bomberos Voluntarios (Capítulo VI, artículo 21°).

Asimismo existen normativas jurídicas que obligan a las municipalidades a aportar fondos de mantenimiento, tales como la Ley 3.796 de Defensa Civil (artículos 4°, 13° y su modificación por Ley 7.083, 14°, 15° y 17°); por su decreto de reglamentación N° 1.416 (artículos 1°, 4°, 15°, 16°, 17°, 18°, 22°, 27°, 40°, 50° y 52°); por el Decreto Ley 1.945/58, ratificado por Ley 14.467/58 y reglamentado por Decreto 8.796/61; y por los decretos 2.647, 2.648 y 2.649 de la legislación provincial.

Esta situación nos deja al borde de quedar fuera de servicio dado que, sin energía eléctrica, no es posible recargar las baterías de los handys ni hacer funcionar los equipos de iluminación; con lo cual, quedamos casi en las mismas condiciones que los bomberos del siglo XIX, que se alumbraban con linternas a kerosén y accionaban bombas manuales de agua.

Así, nos vemos en la penosa obligación de informar al público de esta situación, y del riesgo que corren, a partir de hoy, las vidas y bienes de la comunidad, y la preservación del medio ambiente.

Fuente: COMISIÓN DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN BV SALTO DE LAS ROSAS

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