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Ratifican la condena al bombero que causó un accidente fatal

Ratifican la condena al bombero que causó un accidente fatal

Corrientes.- El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa del conductor del camión de bomberos, condenado por el Tribunal Oral Penal Nº 1, y confirmó la pena de 4 años y 6 meses de prisión y 5 años de inhabilitación especial para manejo de vehículos. El accidente ocurrido el 10 de marzo de 2017 por la avenida Sarmiento, de la capital correntina, dijeron ayer desde la oficina de prensa del Poder Judicial de la Provincia.

Sebastián Carlos Aguirre fue hallado responsable del delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria, que ocasionó el choque y la muerte de una de sus compañeras, Vanesa Saucedo.

El máximo órgano de Justicia de la Provincia, en audiencia pública realizada el miércoles 25 de septiembre en el Salón de Acuerdos, escuchó y analizó los argumentos de la defensa y el dictamen fiscal.

Como conclusión, afirmó en sentencia penal Nº 93/2019 que los fundamentos de la defensa no eran suficientes para desvirtuar el razonamiento realizado por el tribunal de juicio. En este marco, los jueces Alejandro Chaín, Eduardo Panseri y Guillermo Semhan, con la presidencia de Luis Rey Vázquez, consideraron que el accionar negligente y antirreglamentario del condenado –es decir, la maniobra brusca de giro, exceso de velocidad y contramano– fueron las conductas determinantes que ocasionaron el hecho.

El conductor no tuvo el cuidado necesario de circular en el sentido correcto, a una velocidad de marcha y luego de giro, que le hubiera permitido controlar el dominio sobre su vehículo, en una calzada mojada para evitar el siniestro y producto de ello, ocasionó la muerte de su compañera, por ello resulta imputable objetivamente el resultado.

El hecho

El 10 de marzo de 2017, el conductor de la autobomba de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Corrientes Sebastián Carlos Aguirre circulaba por avenida Sarmiento. Al llegar a la intersección con calle Viedma, dobló imprudentemente hacia su izquierda en contramano. El Tribunal Oral Penal Nº 1 sostuvo que la velocidad era antirreglamentaria por ser superior a la permitida para una encrucijada, conforme lo estable la Ley Nacional de Tránsito Nº 24449 y la Ordenanza Municipal Nº 3202. Llegaron a la conclusión de que estas imprudencias no le permitieron dominar el vehículo de gran tamaño y cargado de agua y, como consecuencia, chocó contra una vivienda, desmoronándose el techo, lo que provocó la destrucción frontal total de la autobomba y la muerte de Vanesa Saucedo.

El conductor, su acompañante y la mujer regresaban al cuartel luego de auxiliar a un vehículo policial que estaba empantanado, por lo que las imprudencias cometidas no encontraban justificativos ante la ausencia de una urgencia.

fuente: diariolarepublica.com.ar

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